La Oficina de Orientación ha desarrollado diversas estrategias de atención para responder a los requerimientos de accesibilidad y equiparación de oportunidades de la población estudiantil, con necesidad educativa asociada o no a una discapacidad, para que continúen sus estudios superiores.
Desde el CASED, en coordinación con los programas homólogos de las otras universidades estatales, se analizan las solicitudes de apoyos académicos(adecuaciones) para la aplicación del Examen de Admisión de UNA, UCR, TEC. El personal especializado emite su criterio profesional sobre los apoyos de acceso que serán aplicados según la situación y condición de cada persona solicitante.
Para acceder a este servicio, se debe indicar el requerimiento en la Solicitud de Inscripción para la Prueba de Aptitud Académica y adjuntar los documentos probatorios requeridos.
Según la aplicación de la normativa universitaria definida en el artículo 37 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil, la persona estudiante se adscribe a este artículo para la atención y seguimiento de una condición en particular que interfiere en su proceso de aprendizaje.
Para optar por la adscripción, puede enviar un correo electrónico haciendo su solicitud o visitarnos en nuestra unidad. Deberá presentar la documentación probatoria de su condición (diagnóstico o valoración médica, psicológica o psicopedagógica) y participar en una entrevista con la persona especialista en el CASED.
Posteriormente, se realiza la reunión del Equipo de Apoyo, en la cual se definen los apoyos que se aplicarán para cada ciclo lectivo.
Estos servicios se ofrecen a la población adscrita al artículo 37 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil. Además, están dirigidos a garantizar el acceso en igualdad de oportunidades del estudiantado con necesidades educativas asociadas o no a una discapacidad durante su estancia en la universidad. Algunos apoyos son:
CASED pone a su disposición, una serie de guías y documentos para apoyar su actividad docente en la atención de personas con necesidades educativas.
En la UCR creemos que la diversidad nos enriquece y la accesibilidad nos transforma.Por ello, desde el Centro de Asesoría y Servicios al Estudiante con Discapacidad (CASED), les presentamos esta guía para gestionar de manera efectiva la aplicación del Artículo 37 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil: Descargar documento
El centro de Asesoría y Servicios al Estudiante con Discapacidad (CASED) pone a la disposición del profesorado universitario algunos lineamientos que le pueden ser útiles a la hora de planificar e impartir lecciones en entornos virtuales a estudiantes que presentan una discapacidad auditiva.
Se debe recordar que las personas que presentan una discapacidad auditiva tienen una pérdida parcial (hipoacusia) o total (sordera). Seguidamente, se definen estos dos niveles:
● Hipoacusia: disminución parcial de la capacidad auditiva. Puede afectar uno o los dos oídos. Dependiendo del resto auditivo, la persona puede utilizar audífonos para amplificar su escucha.
● Sordera: pérdida total o profunda de la audición. En este caso, el lenguaje se adquiere por la vía visual. Algunas personas sordas utilizan la Lengua de Señas Costarricense (LESCO) para comunicarse y otras emplean el lenguaje gestual visual.
