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Gestiones estudiantiles

 A continuación, te presentamos los procedimientos e instrucciones para completar las siguientes gestiones estudiantes:

Solicitud de fondo solidario estudiantil

Procedimiento para solicitar el Fondo Solidario Estudiantil

Se informa a la población estudiantil que la solicitud de apoyo del Fondo Solidario Estudiantil se debe realizar ante el Centro de Asesoría Estudiantil (CASE) correspondiente en el momento en que lo considere necesario.

Segundo ciclo 2025: Del 11 de agosto al 25 de agosto
Tercer ciclo 2025: Del 5 de enero al 9 de enero 
  • Haber consolidado matrícula en al menos un ciclo del año lectivo anterior al que realiza la solicitud.
  • Presentar una situación de salud calificada que no puede ser atendida oportuna o definitivamente, por los servicios estudiantiles de la Universidad ni por el Sistema de Seguridad Social del país.
  • Tener una situación socioeconómica limitada para atender los requerimientos que devienen de la situación de salud que presenta.

1. Realice la carta de solicitud del apoyo, esta deberá indicar el requerimiento o apoyo económico que solicita, los motivos y los medios de localización para comunicaciones.

2. Imprima la carta y fírmela. Si no posee los medios para imprimirla, puede transcribirla, se recomienda el uso de bolígrafo de color azul.

3. Adjunte los documentos probatorios que justifican la solicitud según corresponda:

    • Dictamen médico, documento que certifique la condición de salud.

    • Documento probatorio acerca de la imposibilidad de recibir atención de los servicios de la seguridad social o de la Universidad.

    • Documento que indique la urgencia del procedimiento y el riesgo de espera del mismo.

    • Al menos tres cotizaciones de los servicios o implementos que requiere (con las mismas características y calidad del producto o servicio).

    • Autorización de una persona representante que realice las gestiones a nombre de la persona estudiante cuando corresponda.

4. Escanee y adjunte la carta de solicitud con toda la documentación adicional, si no cuenta con los medios para escanear, puede adjuntarlo en formato de imagen.

5. Envíe los documentos al correo institucional del CASE que le corresponde con el asunto: “Número de carné. Fondo Solidario II-2024” (Ej: C99999 Fondo Solidario II-2024) según corresponda:

 

 

 

 

Centro de Asesoría Estudiantil

Correo electrónico

CASE de Ciencias Agroalimentarias

agroalimentaria.case@ucr.ac.cr

CASE de Artes y Letras

artesyletras.case@ucr.ac.cr

CASE de Ciencias Básicas

cienciasbasicas.case@ucr.ac.cr

CASE de Ingeniería

ingenieria.case@ucr.ac.cr

CASE de Salud

salud.case@ucr.ac.cr

CASE de Ciencias Sociales

cienciassociales.case@ucr.ac.cr

 

 

 

 

 

  • Una persona profesional en Trabajo Social del CASE se pondrá en contacto con usted para realizarle una entrevista relacionada con su solicitud.
  • Una vez analizada la información la persona profesional remitirá su solicitud a la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, con la recomendación correspondiente.
  • La Vicerrectoría de Vida Estudiantil es la instancia responsable de aprobar o denegar su solicitud, debe estar pendiente de la resolución respectiva.
  • Si su situación es de emergencia comprobada por encontrarse comprometido en forma grave su estado de salud, una persona representante puede presentar su solicitud directamente ante la Vicerrectoría de Vida Estudiantil.
Para consultas:

Solicitud de adecuación curricular

La Universidad de Costa Rica trabaja activamente para garantizar la inclusión y la igualdad de oportunidades para todas las personas estudiantes, en especial aquellas con necesidades educativas.


Por esta razón, a través del Centro de Asesoría y Servicios al Estudiante con Discapacidad (CASED), se ha desarrollado un proceso que asegure el acceso equitativo a una educación de calidad.

Para consultas:

Procedimiento para solicitar Adecuación Curricular

Ser estudiante con matrícula consolidada.

  • Solicitud por escrito ante el CASED dentro del período establecido en el calendario universitario.
  • Adjuntar un documento probatorio de la condición que presenta. Este debe estar actualizado y firmado por el profesional tratante.
  En la UCR creemos que la diversidad nos enriquece y la accesibilidad nos transforma.
Por ello, desde el Centro de Asesoría y Servicios al Estudiante con Discapacidad (CASED), les presentamos esta guía para gestionar de manera efectiva la aplicación del Artículo 37 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil: Descargar documento
Para consultas:

Servicio de CUIDO DE HIJOS O HIJAS

Procedimiento para solicitar el Servicio de cuido de infantes en CIU

La Casa Infantil Universitaria ofrece un sistema de cuido por horas para estudiantes madres o padres de infantes desde 15 días de nacido hasta la edad obligatoria para ingresar al ciclo Materno Infantil (4 años cumplidos al 15 de febrero del año lectivo). Este servicio se ofrece en el horario de sus actividades académicas obligatorias en la UCR.

La solicitud de inscripción se realiza en  fechas estipuladas antes del inicio de cada ciclo lectivo o en la modalidad de solicitud extemporánea cuando la o el estudiante requiera del servicio. Para ello, debe completar el formulario correspondiente y realizar una entrevista de admisión.

  • Ser padre, madre o encargada legal de infante
  • Niños y niñas desde 15 días de nacido hasta la edad obligatoria para ingresar al ciclo Materno Infantil.
  • Consolidar matrícula en el ciclo lectivo en que se solicita el servicio.

 

Para consultas:

Solicitud de Plan de Acción Individual

Procedimiento para solicitar Plan de Acción Individual (PAI)

Artículo 36 bis: Plan de acción individual: Es el conjunto de actividades académicas y de procesos de aprendizaje, relacionados con un curso específico, en el que participan:

  • la persona docente del curso
  • la persona estudiante
  • la persona profesional del CASE

Este plan tiene como finalidad preventiva que el estudiante mejore su condición académica evitando así las condiciones de Matrícula reducida y/o Matrícula restringida.

Ilustración Pai 2023
  • Cuando se está en condición de REZAGO:

    Artículo 36: Condición de rezago cursos significa que el estudiante ha perdido uno o más cursos del plan de estudios por dos veces o más, sea en forma consecutiva o no, y aunque su promedio ponderado sea de siete (7,0) o superior.

    La persona estudiante en esta condición podrán, voluntariamente, acogerse a un Plan de Acción Individual.

Artículo 36 ter: a.) La solicitud se presentará por escrito al Director de la Unidad Académica a la que pertenece, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, a partir  del momento de realizar la matrícula en el curso correspondiente, ya sea en periodo ordinario, de ampliación o de inclusión.

De esta petición, remitirá una copia al profesor consejero o profesora consejera, al CASE y a la Coordinación de Vida Estudiantil en las Sedes Regionales correspondientes. La solicitud del Plan de Acción Individual será acogida por la Unidad Académica una vez que el estudiante se encuentre registrado en el curso respectivo.

Artículo 36 ter: b.) El profesor consejero o profesora consejera – quien coordinará – el o la estudiante, el profesor o profesora del curso y el o la profesional del CASE, se reunirán para identificar, en forma conjunta, las debilidades académicas y otras circunstancias que afectan al estudiante, con el fin de definir el Plan de Acción Individual.

La fecha de la reunión será establecida por el Director de la Unidad Académica a la que pertenece el estudiante, dentro de los diez días hábiles, a partir de la fecha en que el estudiante se encuentre registrado en el curso respectivo. En caso de que el curso pertenezca a otra Unidad Académica, se notificará al Director de dicha Unidad.

Para consultas:

Justificación de promedio ponderado

Procedimiento para solicitar la Justificación de promedio ponderado del año 2025

Recepción de justificación de promedio ponderado del año 2024:

  • 10 de marzo 2025 desde las  8:00 a.m hasta el 10 de abril 2025 a las 5:00 p.m.

Las justificaciones de promedio ponderado modificado se presentan ante el Centro de Asesoría Estudiantil respectivo (CASE) o en las Coordinaciones de Vida Estudiantil en el caso de las Sedes Regionales.


Jra 2023

 

La persona estudiante que obtenga un promedio ponderado modificado anual inferior a siete (7) en el año anterior en pregrado y grado, puede presentar un recurso de justificación de promedio ponderado siempre que ese bajo rendimiento este asociado a los siguientes motivos:

  1. Dificultades económicas, familiares, de salud física o emocional.
  2. Accidentes que generen incapacidad temporal o permanente.
  3. Fallecimiento de personas en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  1. Descargue el formulario.
  2. Presente la fórmula en el periodo establecido en la Oficina de Orientación en el CASE correspondiente (según su carrera de empadronamiento) para la Sede Rodrigo Facio o en la Unidad de Vida Estudiantil en el caso de las Sedes Regionales.
  3. Debe cumplir con los requerimientos solicitados por el CASE o la Unidad de Vida Estudiantil (instancias que realizan una valoración previa de la gestión) como por ejemplo entrevista, solicitud de documentos, entre otros.
  4. La información que presente debe ser veraz y clara, por lo que no se aceptan solicitudes alteradas o incompletas.
  5. Debe adjuntar los documentos que respalden su gestión.
  6. El CASE o la Unidad de Vida Estudiantil (en Sedes Regionales) se encargarán de referir las gestiones a la Comisión Asesora de Becas para su respectiva resolución.
Para consultas:

Justificación por carga académica

Si tenés beca socioeconómica y no pudiste completar la carga académica de 12 créditos en este ciclo, recordá que el Reglamento de adjudicación de becas (Art. 19) establece algunos requisitos para mantener los beneficios complementarios.
 

 
Período de justificación I ciclo 2025
Acceso a las solicitudes:
Desde: el 10 de marzo
Hasta: el 21 de marzo
 
Recepción de las solicitudes:
Desde: el 10 de marzo a las 8:00 a.m.
Hasta: el 28 de marzo a las  5:00 p.m.
 

 
Procedimiento:
Ingresá a la página de la Oficina de Becas, al siguiente enlace y seguí los pasos enumerados:
 
Estudiante Estudiando (1) Anyelick Campos Zamora

Procedimiento para justificación por carga académica

 

Para aplicar, se debe cumplir con alguno de los requisitos del artículo 19 del Reglamento de Adjudicación de Becas para la Población Estudiantil:

1. Estar cursando el último año lectivo del plan o planes de estudios o tener matriculado únicamente el trabajo final de graduación.

2. No poder completar la carga académica, por alguna de estas 2 razones:

  • Requisitos de los cursos.
  • Necesidades educativas especiales.

En este último caso, el Centro de Asesoría y Servicios a Estudiantes con Discapacidad (CASED) debe haber justificado esas necesidades y la unidad académica haber informado por escrito a la OBAS.

3.  Ser padre o madre que asume la responsabilidad exclusiva del cuidado de hijos menores a 12 años.

Esto incluye casos en los que el hijo o hija tiene una enfermedad o discapacidad, o cuando no hay redes de apoyo disponibles, entre otros. El estudiante debe demostrar esta condición ante la OBAS.

Acceso a solicitudes de Justificación de Carga Académica: 10 de marzo 8:00 am al  21 de marzo 5:00 pm

Recepción de Solicitudes de Justificación de Carga Académica: 10 de marzo 8:00 am al 28 de marzo 5:00 pm

  • Descargar y presentar la fórmula en el periodo establecido en el Calendario Estudiantil Universitario, con las firmas respectivas.

Si la firma es manuscrita:

  • Adjuntar la firma de la persona que dirige la Unidad Académica.
  • Incluir la firma de la persona estudiante más sello.

Si la firma es digital:

Sólo se necesita la firma digital de la persona que dirige la Unidad Académica.

  • No es necesario incluir sello ni firma de la persona estudiante.
  • Se debe adjuntar una copia de la cédula de identidad de la persona estudiante.

Para realizar la solicitud de justificación de Carga Académica, recordá utilizar el correo institucional asignado con dominio@ucr.ac.cr e indicar el número de carné para realizar consultas y gestiones.

Direcciones de correo electrónico para envío de la gestión:

Para consultas:

Interrupción Parcial de Estudios (ITP)

Instrucciones para realizar la solicitud de estudio socioeconómico

Se informa a la población estudiantil que el plazo para presentar su solicitud de Interrupción Parcial del Estudios en el I Ciclo lectivo 2025, ante la Unidad Académica correspondiente, es el siguiente:

  • Desde: el 10 de marzo de 2025
  • Hasta: el 27 de junio de 2025
Itp Sitio Web
  • Contar con matrícula consolidada en el ciclo que desea interrumpir.
  • Contar con documentación probatoria que respalde la situación calificada del grupo familiar que se presenta o se incrementa posterior a la matrícula del ciclo lectivo en el que se tramita la ITP.

De acuerdo con la Resolución Normas y Procedimientos de Matrícula II ciclo lectivo 2024, el procedimiento a seguir en caso de situación calificada del Grupo Familiar es:

  • Solicitar al CASE la Constancia Comprobatoria de su situación socioeconómica, la solicitud podrá realizarse presencialmente o a través del correo electrónico institucional con dominio @ucr.ac.cr del CASE respectivo.
  • La persona profesional en Trabajo Social será la responsable de contactar a la persona estudiante, y si corresponde, asignar cita para realizar la entrevista y solicitar documentación probatoria si así se requiere.
  • La persona profesional en Trabajo Social remitirá la constancia comprobatoria a la persona estudiante mediante el correo electrónico institucional registrado, para el trámite correspondiente. Esta documentación no se debe reproducir para la gestión de la ITP autorizada ante la Oficina de Registro e Información (ORI) ni para otros órganos o dependencias universitarias, sin que medie la autorización de la persona estudiante
Para consultas:
Created by Alex Volkov